Derecho laboral
regula las relaciones que se establecen a raíz del trabajo humano
garantiza el cumplimiento de las obligaciones de las partes que intervienen en una relación de trabajo
Las relaciones laborales
Gran parte de nuestra vida la pasamos en nuestro puesto de trabajo, pensamos en nuestras tareas laborales, se crean relaciones interpersonales, necesidades, se generan conflictos, y ese entramado afecta a nuestra vida personal, social, económica y a nuestra salud.
Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo
el despido
El contrato de trabajo podrá extinguirse por decisión del empresario, que podrá ser calificado como procedente, improcedente o nulo
el contrato de trabajo
En el contrato de trabajo podrá concertarse, por escrito, un período de prueba, que en defecto de pacto en convenio, será de seis meses para los técnicos titulados, o de dos meses para el resto de trabajadores. En el caso de contratos temporales de duración determinada, inferiores a seis meses, no podrá exceder de un mes
incapacidades laborales
Cuando un trabajador no puede realizar las funciones habituales de su puesto de trabajo concurre una incapacidad laboral, que puede ser transitoria por una imposibilidad puntual por enfermedad profesional o común, o bien a un accidente laboral o no laboral. La duración máxima es de 12 meses, pudiendo prorrogar 6 meses más, que será el momento en que la Seguridad Social valore la posibilidad de que la incapacidad se convierta en permanente, o bien alta médica
nuestros servicios
En defensa de sus intereses ejercemos su defensa ante los juzgados de lo Social: demandas por despido, reclamación de cantidad, incapacidades laborales, acoso laboral, extinción del contrato por impago, sucesión de empresas,
nuestros clientes
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