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Derecho penal.
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2. Delitos de lesiones:
Se impugna la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal alegando que no eran necesarios puntos de sutura, por lo que no habría habido tratamiento quirúrgico, y por tanto el hecho se tipificaría como falta y no como delito. La Audiencia de Girona considera que el medio y tratamiento elegido por el facultativo para el caso de la lesión sangrante (una herida en la ceja) no es caprichoso por lo que los puntos de sutura sirven para una más rápida y segura cicatrización, y si bien en ocasiones puede ocurrir que no se practiquen puntos, esta técnica acelera la cicatrización y consecuentemente la curación haciendo que desaparezcan los riesgos de infección.
– Sentencia N. 90/13, de fecha 06/02/13, de la Audiencia Provincial de Girona, sección tercera
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